May 17, 2024

LEYES Díaz-Canel no puede ser ‘reelegido’ presidente de Cuba de forma indefinida… por ahora DDC | Madrid

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Díaz-Canel no puede ser ‘reelegido’ presidente de Cuba de forma indefinida… por ahora

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La evaluación por parte de la Asamblea Nacional de una “propuesta del pueblo” para la reelección indefinida del presidente de la República de Cuba, ha hecho sonar las alarmas. ¿Se allana el camino para la perpetuación de Miguel Díaz-Canel en el poder? ¿Bastan 21 propuestas recibidas por correo electrónico (de las que no sabemos cuántas realmente pedían que el presidente pudiera reelegirse indefinidamente) para que los legisladores lo conviertan en ley?

La respuesta es no… por ahora. El presidente de la República no puede reelegirse de forma indefinida porque el artículo 126 de la Constitución, elaborada bajo la tutela del Partido Comunista y por un grupo encabezado por Raúl Castro, dispone claramente que ese cargo se ejerce por “hasta dos períodos consecutivos, luego de lo cual (el funcionario) no puede desempeñarlo nuevamente”.

De hecho, en los propios artículos 2 y 4 de la Ley en discusión se prohíbe la reelección indefinida del presidente. El Artículo 2 afirma que “la organización y el funcionamiento del Presidente y el Vicepresidente se rige por lo establecido en la) la Constitución”. El Artículo 4 establece que “el Presidente y el Vicepresidente de la República están obligados a: a) cumplir la Constitución. Las disposiciones y actos que de ellos emanen, se ajustan a lo que en esta se dispone”.

La Asamblea Nacional no puede aprobar ahora una ley que conceda al presidente la posibilidad de reelegirse de manera indefinida, porque ninguna ley puede violar lo que establece la Constitución, en virtud del principio de supremacía constitucional.

Sin embargo, no se debe suponer que ha sido gratuita la mención de esa “propuesta de la población” en las reuniones previas a la Asamblea Nacional. Que el pueblo supuestamente haya pedido una reelección indefinida del presidente, y la publicidad dada por la prensa oficial a esa solicitud, intenta presentar la idea de que los cubanos se sienten tan complacidos con la gestión de Miguel Díaz-Canel que quisieran que su mandato pudiera perpetuarse.

La semana pasada era noticia la sugerencia de la diputada Yailin Orta de incluir en el Artículo 87 del Proyecto de Ley del Presidente y el Vicepresidente de la República que “el presidente no pueda tener la iniciativa legislativa para reformar la Constitución para variar el periodo de mandato”. Esa propuesta, que creaba la impresión de un interés de la Asamblea en la transparencia y la legalidad, no fue incluida en el proyecto de ley porque —según la explicación oficial— el asunto ya está regulado en la Ley Electoral.

Aludir a una propuesta “del pueblo” para que el presidente pueda ser reelecto más allá de los dos mandatos establecidos en la Constitución sirve para evaluar el estado de opinión popular al respecto, y prepararía el camino para introducir el necesario cambio en la Carta Magna, “a petición del pueblo”, si fuese interés del Gobierno.

El pueblo también pidió anteriormente, durante la consulta popular sobre el referendo constitucional, la posibilidad de elegir directamente al presidente de la República. Hubo 11.080 peticiones al respecto, pero estas no fueron tenidas en cuenta para el texto final de Constitución que se sometió a la aprobación de los ciudadanos.

¿Cuántas “propuestas del pueblo” pidiendo que el presidente pueda reelegirse serán necesarias para que la Asamblea Nacional considere reformar la Constitución? ¿Cuánto importa realmente la opinión del pueblo?

La vía puesta a disposición de los cubanos para expresar su criterio sobre algo tan esencial como la Ley del Presidente y el Vicepresidente ha sido el correo electrónico, en un país donde la conexión a internet aún tiene precios prohibitivos. Aunque debido a la pandemia de coronavirus ese fuera el medio más seguro, no se le ofreció a la ciudadanía un precio para esta circunstancia específica que alentara la participación y el envío de propuestas por correo electrónico. La cantidad de correos enviados, 21 según el diario oficial Granma, demuestra que no se estimuló la participación, y el tiempo con que contaron los ciudadanos fue de solo cinco días.

La Ley del Presidente y el Vicepresidente de la República será sometida este 28 de octubre a la aprobación final de la Asamblea Nacional, que nunca rechaza las propuestas presentadas por el régimen. No será ahora que el presidente del país cuente con la posibilidad de reelegirse indefinidamente, pero habrá que estar atentos porque el tema ya está sobre la mesa.