December 26, 2024

REPRESIÓN ¿Se está preparando el régimen cubano para aplicar el Artículo 4 de la Constitución? DDC | Madrid

REPRESIÓN

¿Se está preparando el régimen cubano para aplicar el Artículo 4 de la Constitución?

DDC | Madrid

Después de que Miguel Díaz-Canel dejara claro que no habrá diálogo excepto si es “por el socialismo y para todo lo que sea por la Revolución”, Granma, el diario oficial del Partido Comunista, ha recordado a los cubanos el Artículo 4 de la Constitución a través un editorial titulado “La defensa de la Patria: un honor, un deber y un derecho“.

El Artículo 4 declara: “La defensa de la patria socialista es el más grande honor y el deber supremo de cada cubano. La traición a la patria es el más grave de los crímenes, quien la comete está sujeto a las más severas sanciones. El sistema socialista que refrenda esta Constitución, es irrevocable. Los ciudadanos tienen el derecho de combatir por todos los medios, incluyendo la lucha armada, cuando no fuera posible otro recurso, contra cualquiera que intente derribar el orden político, social y económico establecido por esta Constitución“.

¿Qué es la traición a la patria? La Constitución no lo define, pero los miembros del Movimiento San Isidro (MSI) han sido acusados, sin pruebas, de vínculos con el terrorismo y de recibir órdenes y financiamiento del Gobierno de Estados Unidos.

Por otro lado, tampoco en el artículo constitucional se definen cuáles serán “las más severas sanciones” ni quién está facultado para aplicarlas.

Al reconocer a los ciudadanos el derecho de combatir por todos los medios, “incluyendo la lucha armada”, a cualquiera que intente derribar el orden establecido, no se discrimina entre enemigo externo o interno, terrorista o defensor de derechos humanos, militar u opositor pacífico, invasor o periodista independiente.

El artículo deja claros los medios que puede emplear “el ciudadano” para combatir a ese inclusivo “cualquiera”: todos, hasta “la lucha armada”. Sin embargo, no especifica los medios empleados por ese “cualquiera” que harían meritorio el uso hasta de las armas para combatirlo. Por tanto, puede dar igual que se trate de una ametralladora o de una pacífica huelga de hambre.

La “defensa de la patria” y el peso de las sanciones para quien la traicione han ido ganando espacio en el texto constitucional desde 1976. En aquel momento, quedaban reflejados en el Artículo 64, que exponía: “1. La defensa de la patria socialista es el más grande honor y el deber supremo de cada cubano. 2. La ley regula el servicio militar que los cubanos deben prestar. 3. La traición a la patria es el más grave de los crímenes; quien la comete está sujeto a las más severas sanciones”.

No parecía existir entonces la necesidad de enunciar el derecho de la ciudadanía a combatir a cualquier que intentara “derribar” el orden establecido.

Con la reforma constitucional de 2002, lo anterior quedó reflejado en el Artículo 65, mientras en el 3 se incluyó la irrevocabilidad del socialismo y el derecho ciudadano a combatir a quienes se opusieran a esta irrevocabilidad, o sea, el orden establecido. Artículo 3: “Todos los ciudadanos tienen el derecho de combatir por todos los medios, incluyendo la lucha armada (…) El socialismo y el sistema político y social revolucionario establecido en esta Constitución, probado por años de heroica resistencia frente a las agresiones de todo tipo y la guerra económica de los gobiernos de la potencia imperialista más poderosa que ha existido y habiendo demostrado su capacidad de transformar el país y crear una sociedad enteramente nueva y justa, es irrevocable, y Cuba no volverá jamás al capitalismo”.

En el texto constitucional actual, el mismo artículo recoge el alto honor y deber que representa la defensa de la Patria, la severidad de las sanciones para quien la traicione, la irrevocabilidad del socialismo y el derecho de la ciudadanía a luchar contra cualquiera que intente cambiar el sistema.

En la nueva Constitución, el socialismo no solo es irrevocable, sino equivalente a la Patria y quien se opone al primero traiciona a la segunda. Patria ya no es humanidad, es socialismo. Es la defensa de esa ideología lo que constituye un honor y un deber, una obligación para la ciudadanía.

Mediante este artículo 4, la Constitución impone al pueblo la ideología socialista e ilegaliza y convierte en traición a la Patria, merecedora de “las más severas sanciones”, cualquier postura o idea crítica o contraria a los intereses de los poderes supremos; cualquier intento, por pacífico que sea, de cambiar el rumbo político, social y económico de la nación.

El Artículo 4 no solo legitima la persecución política y la represión policial y judicial, sino que autoriza al resto de los ciudadanos a emplear la violencia contra cualquier opositor pacífico, defensor de derechos humanos, periodista independiente o artista, que se oponga al Estado socialista.

El artículo limita el alcance de los derechos a la dignidad, al trabajo, a la propiedad, a las libertades de expresión, prensa, información, igualdad, movimiento, reunión y manifestación pacíficas, de asociación, de no discriminación, de acceso a la justicia. Todos quedan subordinados al socialismo, así como el poder legislativo, pues no puede aprobarse ninguna ley o norma jurídica que sea ajena a esta ideología o vaya contra los intereses de quienes la ostentan.

Se trata de una herramienta intimidatoria contra cualquier persona cuyas pretensiones de cambiar la sociedad, o cuyo mero reclamo de libertad, constituyan una amenaza para el socialismo y por tanto para la Patria.

El otorgar a la ciudadanía el derecho de combatir por todos los medios a cualquiera que intente cambiar ese orden establecido, hace incluso innecesaria la pena de muerte. Si en estos días de manifestaciones supuestamente “espontáneas” contra los calificados como traidores, mercenarios y vendepatria miembros del MSI, un ciudadano matara a uno de sus integrantes, ¿no estaría ejerciendo un derecho constitucional? ¿No estaría cumpliendo con un deber y un honor?

El editorial de Granma parece dirigido a recordar a los opositores, activistas, periodistas independientes y artistas que ese “derecho” puede ser ejercido constitucionalmente contra cualquier de ellos.

Pese a que fue estrenada hace poco más de un año, los cubanos tienen el derecho y cuentan con las herramientas legales para intentar derogar la Constitución. El Artículo 4 es una amenaza y el editorial de Granma demuestra que puede concretarse en cualquier momento. No se puede considerar algo meramente simbólico.

Mientras el Artículo 4 esté vigente, la libertad y la integridad física de opositores, activistas, periodistas independientes están en peligro.