April 25, 2024

CONCENTRACION DE PODER VERSUS SEPARACION DE PODERESPor: Lcdo. Sergio Ramos

CONCENTRACION DE PODER VERSUS SEPARACION DE PODERES

Por: Lcdo. Sergio Ramos

Toda dictadura se caracteriza por la concentración desmedida del poder en una sola persona o en un grupo reducido de personas que conforman parte de una oligarquía. Cuando esto sucede el pueblo es, en mayor o menor grado, excluido del poder y sujeto a los dictámenes, injusticias y abusos por parte de quien o quienes lo gobiernan. Entonces la soberanía deja de recaer sobre los ciudadanos y es acaparada por el dictador y/o por la minoría gobernante.

Los padres de la democracia moderna alertaron sobre los peligros que conlleva la acumulación desmedida de poder.  James Madison en “El Federalista Núm. 47” argumentaba que “la acumulación de poderes legislativos, ejecutivos y judiciales, en las mismas manos, sean estos de uno, pocos o muchos, hereditarias, autonombradas o electivas, puede decirse con exactitud que constituye la definición de tiranía.” Por su parte, Charles Louis Montesquieu planteaba que “todo hombre que tiene poder se inclina a abusar del mismo; él va hasta que encuentra límites.” 

Ahora en este mes de abril de 2019 el régimen castrista pondrá en vigor una nueva constitución de Cuba, cuya elaboración, discusión, aprobación y su posterior refrendación no cumplió con los requerimientos de un proceso equitativo, limpio, transparente y verdaderamente participativo de los ciudadanos cubanos. Por cuanto, reviste un carácter de muy dudosa legitimidad.

Una de las características de este impositivo ordenamiento es la ausencia de la separación de poderes en cuanto al ejecutivo, el legislativo y el judicial. En este aspecto persiste la concentración desmedida de poder en manos la oligarquía gobernante, al igual que lo disponía la anterior constitución castrista de 1976, según enmendada.

Una acumulación de poder que se agudiza al otorgar un estatus de supremacía nacional al minoritario Partido Comunista de Cuba según el artículo 5 al éste disponer que: “El Partido Comunista de Cuba, único, martiano, fidelista, marxista, y leninista, vanguardia organizada de la nación…, es la fuerza política dirigente superior de la sociedad y el Estado.(Énfasis nuestro).

De acuerdo a lo dispuesto en esa constitución, dicho partido minoritario ejerce ese poder supremo a través del instrumento de poder de la oligarquía, que es la llamada Asamblea Nacional del Poder Popular según el artículo 102, el cual dispone que: “La Asamblea Nacional del Poder Popular es el órgano supremo del poder del estado…”.  Como puede verse, la constitución que ahora la dictadura nos impone, habla de órganos del estado”. Muy distinto a la democrática Constitución de 1940 que establece “poderes separados del estado cubano. Artículo 118 de la Constitución de 1940 que dice: “El Estado ejerce sus funciones por medio de Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial…”