November 14, 2024

JULIO ALFREDO FERRER TAMAYO (1958)

Julio Alfredo Ferrer Tamayo (* 1958  )

El proceso penal cubano es como una pelea entre león y mono. Y el mono amarrado.

  • nacido el 25 de octubre de 1958 en Santiago de Cuba
  • su padre Julio Lorenzo Ferrer desempeñaba la función de juez popular en el tribunal del barrio
  • estudió la pre-vocacional militar de Hermanos Marañón en Daiquiri, la cual pertenecía a un programa del Ministerio del Interior
  • en 1985 se graduó de Licenciado en Derecho en la Universidad de La Habana
  • inmediatamente después de concluir sus estudios, empezó a trabajar en los tribunales del Ministerio de Justicia
  • primero fue nombrado Juez Profesional del Tribunal Municipal de Guanabacoa, un año más tarde fue promovido a la Sala Quinta de lo Penal del Tribunal Provincial, y más tarde se convirtió en Presidente de la Sala Sexta de lo Penal en La Habana
  • trabajando de juez en Guanabacoa, se opuso al encarcelamiento por la razón del “índice de peligrosidad”
  • en 1993 terminó su función como juez
  • alrededor del año 1994 entró a un bufete colectivo, de donde lo sacaron alrededor de 2004
  • en 2008 se vinculó con la Asociación Jurídica Cubana
  • en 2012 fue presentada la acusación de su esposa Marienys Pavó Oñate, y fue encarcelada
  • desde el 20 de febrero hasta el 21 de septiembre de 2015, Julio fue encarcelado
  • actualmente trabaja de abogado especialista del Centro de información Legal Cubalex
  • su esposa sigue en la Prisión de Mujeres de Occidente
  • Julio sigue bajo la amenaza de ser privado de libertad por la supuesta comisión del delito de Falsificación de Documentos Públicos
  • reside en La Habana, Cuba

“El proceso penal es totalmente inquisitivo, es como una pelea entre león y mono. Y el mono amarrado,” dice Julio Ferrer Tamayo, abogado cubano que se encuentra bajo la amenaza de ser privado de la libertad por la supuesta comisión de delito de Falsificación de Documentos Públicos.[1] A pesar de esta amenaza, Julio sigue en libertad, sin embargo, la que está encarcelada, es su esposa.[2]

VEÍA A MI PAPÁ ADOPTAR DECISIONES JUSTAS

Todo empezó cuando Julio Alfredo Ferrer Tamayo, un hombre afrodescendiente nacido el 25 de octubre de 1958 en un barrio humilde de Santiago de Cuba, en su infancia tenía la posibilidad de observar a su padre Julio Lorenzo Ferrer desempeñar la función de juez popular en el tribunal del barrio. “Veía a mi papá adoptar decisiones justas,” recuerda Julio la razón que lo llevó a interesarse por el derecho y por las leyes. Por lo tanto, cuando después de sus estudios secundarios llegó la oferta de pre-vocacional militar de Hermanos Marañón en Daiquiri, la cual pertenecía a un programa de estudios del Ministerio del Interior, Julio no dudó y se apuntó. Su vocación de abogado estaba por iniciar.

EL BOOM DE SEGURIDAD PERSONAL

Julio destacaba en matemáticas y sus resultados escolares lo hicieron encajar incluso con los compañeros de clases más altas, aunque admite que otros compañeros suyos del “barrio prieto”, como cariñosamente denomina a otros afrodescendientes, posiblemente podían sufrir de racismo y rechazo. Su carrera ya estaba claramente encaminada, por lo tanto, a la hora de elegir la carrera universitaria, optó por licenciatura en Derecho en una filial de La Habana del Ministerio del Interior que estaba “criándose” a sus propios futuros empleados. “Era el boom de seguridad personal,” narra Julio como funcionaba el sistema de sus estudios. “Había dos días de clase y un día de trabajo,” agrega y especifica que prestaba servicios de seguridad personal. Sin embargo, en el tercer año de la carrera, reconoció que el desempeño militar no era precisamente de su agrado, y empezó a buscar otras opciones.

DESEMPEÑARSE EN LOS TRIBUNALES

Al terminar la carrera de Licenciado en Derecho en la Universidad de La Habana en el año 1985, decidió que se iba a “desempeñar en los tribunales” y por lo tanto, pronto se incorporó en su primer empleo al sector de los tribunales del Ministerio de Justicia. Fue nombrado Juez Profesional del Tribunal Municipal de Guanabacoa, donde trabajó aproximadamente un añoal ser promovido al Tribunal Provincial, específicamente a la Sala Quinta de lo Penal de la Provincia, y más tarde se convirtió en Presidente de la Sala Sexta de lo Penal en La Habana.

ÍNDICES DE PELIGROSIDAD

“He estado siempre en desacuerdo con los índices de peligrosidad,” resume una de sus mayores preocupaciones del sistema judicial cubano, al cual, en rasgos generales, lo “valora como ineficaz”. Y fue justo, pero no sólo, este desacuerdo, que lo metió en problemas con el régimen castrista. En ese inicio recuerda una fiesta popular en Guanabacoa, en la cual la policía pretendía internar a los posibles peligros, es decir, a la gente que tenía el “índice de peligrosidad” alto, sin haber cometido nada que pudiera dar razón a esta internación, es decir como un medio de seguridad predelictiva.[3] Julio que por aquel entonces desempeñaba la función de juez, los puso en inmediata libertad: “el índice de peligrosidad no es un delito, es un estado, es como un saco que les permite a las autoridades meter en él a quienes ellos pretendan sustraer de la sociedad,” resume Julio. “En el proceso penal cubano no hay derecho a la defensa. Ni se respeta el debido proceso. Y en cuanto al índice de peligrosidad, es peor. Mucho menos hay posibilidad a la defensa. Las autoridades del Ministerio del Interior, o autoridades policíacas, le van preparando un expediente a una persona a quien ellos consideran que se encuentra en estado peligroso. Ese expediente es sumamente secreto para esa persona. Esa persona no sabe que ese expediente lo están llevando contra él. Las personas o las autoridades que se utilizan, su testimonio para ir fundamentando ese expediente, dan su testimonio con la certeza de que jamás van a comparecer ante un tribunal para ratificar públicamente ese testimonio que dieron. O sea, que quien brinda ese testimonio tiene la certeza de que puede decir lo que quiera decir en perjuicio de esa persona, y nunca va a responder por eso. Entonces este expediente que es bajo el control de la fiscalía, la fiscalía lo presenta al tribunal. En ese trámite de presentarlo al tribunal, detienen a la persona – a esa persona que van a presentar para que sea declarado en estado peligroso. En ese momento, esa persona está detenida y no puede designar a un abogado que vaya a entrevistarse con él allí, ni prepare una defensa. Esta persona solamente tiene derecho a que lo defienda un abogado, cuando el expediente ya está en el tribunal, y ha sido aceptado por el tribunal, y ya le van a celebrar el juicio, para declararlo en estado peligroso. Es que puede participar designar un abogado. Pero cuando ese abogado llega allí, está imposibilitado de presentar cualquier tipo de prueba en favor de esa persona. Es solamente allí que puede ver el expediente, sucintamente rápidamente, y tener una entrevista sumamente corta con la persona que va a defender. O sea que defensa, a mi concepto, ni remotamente es defensa,” termina su explicación Julio. Los problemas estaban por llegar. Después de un minucioso análisis que se realizó sobre su conducta a la hora de poner en libertad inmediata a los supuestamente peligrosos, dice: “finalmente me dieron la razón, pero quedó esta confrontación con el Ministerio”. A pesar de ello, seguía trabajando de juez otros ocho años, hasta el 1993 cuando terminó su función como juez.

FAMA COMPLICADA

Ese mismo año nació su hija, y Julio, por supuesto, necesitaba mantener a su familia. Por lo tanto, intentó meterse en un bufete colectivo, lo cual se le fue imposibilitando, “como venganza por su comportamiento como juez”. Un año trabajó como asesor jurídico, hasta que por fin alrededor del 1994 entró a un bufete. Se especializó precisamente en el índice de peligrosidad, ya que, según sus palabras, más del 75 por ciento de los acusados de este presunto delito son inocentes. Julio empezó a ser conocido por sus casos exitosos de defensa: “Eso me generó cierta fama complicada. Se empieza a gestar el rumor sobre las autoridades en que yo me estaba haciendo rico, que yo debía exigir muchísima cantidad de dinero de los clientes. Entonces empezaron a hacerles a los clientes interrogatorios.” La aversión del sistema cubano, y en específico por parte de los órganos del Ministerio del Interior contra Julio, fue creciendo, y el Ministerio estaba constantemente buscando maneras de cómo sacarlo del bufete colectivo. Según narra Julio, después de un testimonio falso de una muchacha sobre supuesta estafa cometida por Julio, alrededor del 2004, finalmente fue echado del bufete y se quedó sin trabajo como profesional del derecho. No obstante, la cumbre amarga estaba todavía por llegar.

NUEVO CONFLICTO CON LAS AUTORIDADES

Por su experiencia jurídica, la gente venía con él a pedir ayuda en los temas de abogacía, incluso después de haber perdido su empleo oficial. Y en 2008 acudieron con él incluso los representantes de la disidencia cubana, pidiéndole colaboración en los asuntos de derecho. Así que, en aquel año, Julio se vinculó con la Asociación Jurídica Cubana, “intentando darle cauce legal a esta Asociación”. Unos cuatro años más tarde, alrededor del año 2012, de repente llegó una acusación de otro presunto delito de estafa. Sin embargo, el acusado en esta ocasión no fue Julio, sino su esposa Marienys Pavó Oñate. Naturalmente, Julio fue su abogado defensor, por lo cual “comienza de nuevo el conflicto con las autoridades”. Contando desde el 20 de febrero de 2015, Julio fue privado de libertad seis meses. “El propósito era llevarme a prisión e impedir de esta manera a que yo asumiera mi propia representación como abogado, y la representación de mi esposa.”

JUICIO DE SU ESPOSA

Al salir de la prisión en septiembre de 2015, Julio naturalmente se interesó por el caso de su mujer. Cuál fue su sorpresa no grata de que a su esposa se le fue entre tanto notificando sobre su procedimiento penal como si no tuviera abogado. Por lo tanto, Julio presentó la documentación necesaria sobre que él actuaba en el proceso como abogado desde su primera instancia. Y entonces ¿qué ocurre? Ellos se ven obligados a reconocer que yo soy el abogado. ¿Qué debían haber hecho en ese momento? Regresar al inicio del proceso y darme todos los derechos como abogado. ¿Qué hicieron? El tribunal falsifica un nuevo documento. El documento mediante el cual el tribunal acepta la acusación se llama auto de apertura, ya habían hecho uno en el que habían consignado que mi esposa no tenía abogado. Al demostrar yo a ellos que yo era el abogado de la fase preparatoria, ellos tenían que haber anulado eso y tomar medidas con las autoridades, sobre todo con la instructora. Pero para proteger a la instructora, ellos dictan un nuevo auto de apertura con una fecha posterior a la presentación de la presentación de mis documentos, para ver que mis documentos no habían sido extraídos. Entonces de ahí empieza nuevamente el conflicto con la sala, en la que los jueces ya coordinan con la policía, con la fiscalía, para ver cómo me sacan del proceso. Empiezan a hacerme prohibiciones, hasta que deciden ponerle un abogado de oficio a mi esposa.” A la pregunta de si cree si la privación de libertad de su esposa tiene algo que ver con él, responde inmediatamente: “Por supuesto que tiene que ver conmigo. Es una represalia fundamentalmente contra mi persona. Porque no les era posible hacerlo directamente contra mí porque yo no trabajaba directamente para ninguna institución el estado, ¿me entiendes? Yo por aquel entonces me encontraba vinculado a la Asociación jurídica cubana y no realizaba ninguna actividad con una institución estatal, mediante la cual ellos pudieran haberme atacado.”

CAMISA DE FUERZA QUE SE LE PONE AL FUTURO

Actualmente, su esposa sigue presa en la Prisión de Mujeres de Occidente, conocida popularmente como Manto Negro. “Todos esos años, la presencia de mi esposa es de soledad y sacrificio,” resume Julio conmovido. Originalmente la podía visitar únicamente cada 21 días, pero actualmente ya está en un régimen de mínima severidad, por lo cual mensualmente puede venir a su casa. Julio entre tanto trabaja de abogado especialista del Centro de información Legal Cubalex, apoyando a los cubanos en cuestiones de derecho y denunciando el sistema judicial cubano. “No puede ser de manera impositiva el partido comunista… Es como si fuera una camisa de fuerza que se le pone al futuro,” valora otro de los principales problemas de Cuba. “Yo me he convertido en un profesional no bien visto por ellos y considerado, pienso que sin causa y sin razón, un enemigo. Entonces no nos queda otra por el momento que buscar una manera de ponernos a salvo. Y entonces emigrar, el tiempo que sea necesario hasta que aquí en que Cuba ciertamente se convierta en un estado de derecho, donde haya garantía para los ciudadanos,” concluye la entrevista bastante sombríamente Julio

[1] Específicamente en virtud de la Sentencia No. 99 de fecha 15 de junio de 2015 dictada en la Causa No. 204/14 de la Sala 2da de lo Penal del Tribunal Provincial Popular de La Habana que le impuso Tres años de privación de libertad por la supuesta comisión del delito de Falsificación de Documentos Públicos, en concepto de autor, sentencia firme desde el 11 de diciembre de 2015, fecha en que la Sala de los Delitos Contra la Seguridad del Estado del Tribunal Supremo Popular, pronunció la Sentencia número 1305 de 2015, declarando sin lugar el recurso de casación oportunamente interpuesto.

[2] Descripción detallada del caso de Julio Ferrer viene en las páginas de CUBALEX: https://centrocubalex.com/2016/03/10/el-caso-del-abogado-julio-ferrer-explicado-en-tres-etapas/.

[3] Más sobre el método de seguridad predelictiva (Ley 62 del Código Penal Cubano) de los “índices de peligrosidad” aquí: http://www.movimientodignidad.com/los-indices-de-peligrosidad-en-el-codigo-penal-de-cuba/ y aquí: http://www.futurodecuba.org/peligrosidad1.htm.

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