La dictadura y el derecho a la libertad religiosa en Cuba
Hastiados de un sistema sembrador de odio y violencia, muchos cubanos han dirigido su mirada hacia Dios en busca de esperanza, paz y amor
GUANTÁNAMO, Cuba. – El artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) expresa: “Toda persona tiene derecho a la libertad religiosa, de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia”.
Entre las bonituras de la espuria Constitución impuesta por los comunistas está el artículo 42: “Todas las personas son iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las autoridades y gozan de los mismos derechos ,libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación por razones de sexo, identidad de género, edad, origen étnico, color de la piel, creencia religiosa, discapacidad, origen nacional o territorial, o cualquier otra condición o circunstancia personal que implique distinción lesiva a la dignidad humana”.
Se trata de un hermoso párrafo a pesar de que no menciona a la discriminación política -que aquí se ejerce desde hace más de sesenta años- como lesiva a la dignidad humana.
A pesar de lo regulado en ese artículo, en Cuba si hay discriminación religiosa y esta se ejecuta con métodos sutiles y otros abiertamente represivos.
Algunos ejemplos de represión religiosa en Cuba
Todavía muchos jóvenes religiosos se ven imposibilitados de acceder al estudio de carreras universitarias controladas férreamente por la dictadura y destinadas a personas de su entera confianza. Entre ellas están las carreras militares y la diplomática. Hasta hace unos años se les impedía el estudio de las carreras de Magisterio, Derecho y Filosofía. A otros hasta se les prohibió estudiar Medicina.
Los que logran terminar sus estudios universitarios, aunque demuestren un eficaz desempeño en su trabajo, jamás podrán ocupar puestos de relevancia en la administración de la dictadura, a menos que le vendan su alma, como han hecho algunos. Esta práctica que ha marcado indeleblemente a no pocos cubanos viola el artículo 21 de la DUDH.
Cuando algún pastor protestante o sacerdote de la Iglesia Católica se atreve a formular siquiera una leve crítica a la dictadura es colocado en el colimador de la Oficina de Asuntos Religiosos del Comité Central del Partido Comunista de Cuba. Añado que la relación Iglesia-Estado en Cuba ha estado signada por esos eventos y la concesión de beneficios a la primera funciona según la docilidad que demuestre ante el segundo.
Algunos de esos pastores o sacerdotes que se han atrevido a hablar sin miedo han sido expulsados del país. Los nacionales han sufrido presiones de todo tipo: desde citaciones oficiales para ser amenazados hasta otras que increíblemente han nacido desde el interior de la Iglesia, dicen que con el fin de protegerla.
En Cuba existen un Código Penal y una Ley de Procedimiento Penal de ineludible tufillo fascista, donde hay un delito llamado “Propaganda enemiga”, que impone sanciones de uno a ocho años de privación de libertad al que ejercite algunas de las acciones en él reguladas, de las que no está excluida la crítica a la dictadura. Es decir, cuando un sacerdote o un pastor está frente a sus feligreses sabe que tiene que medir muy bien sus palabras, porque alguno de los lobos infiltrados dentro de sus ovejas puede desvirtuar su dicho y acusarlo.
Hastiados de las mentiras de los comunistas y del fracaso de su sistema sembrador de odio y violencia, muchos cubanos han dirigido su mirada hacia Dios en busca de la esperanza, la paz y el amor tantas veces esquilmados desde 1952 hasta hoy. Pero, ante el crecimiento de la feligresía, la dictadura se ha mostrado reacia a facilitar la construcción de nuevos templos. Cuando algún hermano presta su domicilio para que se convierta en casa de culto, quienes allí asisten son hostigados por la policía política, la que afirma que esa Iglesia no está inscripta en el Registro de Asociaciones del Ministerio de Justicia. Cuando los pastores acuden a inscribirla no les responden. Así tildan de ilegal a la congregación con el objetivo de continuar hostigándolos o encarcelarlos, como ha ocurrido. Algunas de esas viviendas han sido demolidas por la dictadura. También ha sucedido que cuando algún ciudadano ha querido donar su vivienda a la Iglesia, el Estado -el único que puede autorizar- ha puesto innumerables obstáculos.
A las Iglesias cubanas no se les permite tener medios de comunicación para difundir el Evangelio ni para llevar al pueblo cubano su mensaje de paz, amor y buena convivencia. Las pocas publicaciones impresas que circulan por el país no están legalizadas. Hace unos años el general de ejército Raúl Castro Ruz pidió públicamente, desde la Asamblea Nacional del Poder Popular, que las iglesias ayudaran al Estado en la campaña en contra de la vulgaridad y las indisciplinas sociales. ¿Cómo puede hacerlo si no cuentan con medios de comunicación? Sin dudas, esta situación viola el artículo 20 de la DUDH.
Tampoco se permite a los cristianos cubanos escoger la educación que desean para sus hijos, lo cual viola el artículo 26.3 de la DUDH y la Convención sobre los Derechos del Niño.
A los cristianos cubanos tampoco se les permite manifestarse y quejarse públicamente por la violación de sus derechos. La dictadura también obstaculiza e impide que nuestras Iglesias reciban ayuda material y financiera procedente del extranjero y ha llegado al extremo de impedir la realización de obras de fuerte impacto social, fruto de la generosa contribución de instituciones europeas y estadounidenses, como la creación de comedores para personas ancianas o en situación de abandono, debido a que exigen que deben ser administradas por el Estado.
¿De qué igualdad ciudadana y libertad religiosa habla la dictadura si viola de esta forma nuestros derechos?
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